5 de julio de 2014

TEMARIO DE DERECHO ULTRATERRESTRE DEL POSGRADO


 

 

 

Julio del 2014.

 
TEMARIO
 
POSGRADO

DERECHO ULTRATERRESTRE

DR. JOSE LUIS ALVAREZ HERNANDEZ 

 

PRIMERA PARTE 

Antecedentes del Derecho Espacial

Generalidades

Antecedentes de Hechos

Antecedentes Literarios

Antecedentes Literarios Científicos

Antecedentes Técnico Científicos

Antecedentes Jurídicos

 

SEGUNDA PARTE

 

Denominación

Derecho Astronáutico

Derecho del Espacio

Derecho Cosmonáutico

Derecho Cósmico

Derecho Eteronáutico

Derecho Sideral, Intersideral e Interastral

Derecho Satelitario

Derecho Extraterrestre

Derecho Ultraterrestre

Derecho Interplanetario

Derecho Internacional del Espacio

Derecho Espacial

Derecho Universal

 

TERCERA PARTE

 

Fuentes del Derecho Espacial

Generalidades

La Ley

La Costumbre

Principios Generales del Derecho

Doctrina

Jurisprudencia

 

CUARTA PARTE

 

Caracteres y Naturaleza Jurídica del Derecho Espacial

Uniformidad

Universalidad

Internacionalidad

Predeterminación

Ausencia de Jurisprudencia y de Costumbre

Politicidad

Imperatividad

Futura Autonomía y Particularismo

Nombre

Definición

Autonomía del Derecho Espacial

Concepto

 

QUINTA PARTE

 

Sujetos y Objetos del Derecho Espacial

  • Sujetos
  • El Hombre
  • La Humanidad
  • Los Estados
  • Los Organismos Internacionales
  • Los humanos que se establezcan definitivamente en los cuerpos celestes o en el espacio exterior.

 

  • Posibles formas de vida extra terrestre que existan en otros cuerpos celestes, con capacidad para establecer relaciones con los humanos.

 

  • Los demás cuerpos celestes habitados con formas de vida capaces, como unidad habitada frente a la Tierra por la misma razón.

 

Objetos en Derecho Espacial en general.

Objetos

 

La Tierra.- Los demás cuerpos celestes, ambos físicamente hablando.-  Los objetos lanzados y los que se lancen.- Los recursos naturales.- El propio espacio exterior.- Las formas de vida extraterrestre que existan, animal, vegetal, microbiana, etc., sin capacidad para el establecimiento de relaciones con los humanos.- Estaciones espaciales: Soyuz, Salyut, MIR.- Estación Espacial Internacional.- Los transbordadores.- Las naves espaciales.

 

SEXTA PARTE

 

Personalidad Jurídica de la Humanidad

Generalidades

La Humanidad y el Derecho

Antecedentes Jurídicos de la Humanidad

El Derecho y los Sujetos de Derecho

El Derecho Universal y la Humanidad

 

SEPTIMA PARTE  

 

El Tratado de 1967; y El Acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna, de 1979 y la Humanidad.

Generalidades

 

OCTAVA PARTE

 

Problemática del Derecho Espacial

Introducción

Generalidades

  • Exploración e investigación del Espacio Exterior y los cuerpos celestes.
  • Sujetos y Objetos en Derecho Universal.
  • Estación Espacial Civil Internacional.
  • Soberanía en el espacio exterior y los cuerpos celestes.
  • Límites del espacio aéreo y ultraterrestre.
  • La ocupación y la conquista de los cuerpos celestes.
  • Evolución de los conceptos tradicionales del Derecho de propiedad.- ocupación.- posesión, entre otros.
  • Las diversas denominaciones de esta nueva rama de las Ciencias Jurídicas.
  • Definiciones del Derecho Espacial.
  • La autonomía del Derecho Universal.
  • La regulación de los recursos naturales del espacio exterior y los cuerpos celestes.- metales, energéticos, energía solar, gases, substancias químicas, etc.
  • Renovables.- no renovables.- uso y consumo.- Aprovechamiento.- In situ, traídos o llevados a la Tierra o a cualquier otro lugar del Espacio ultraterrestre.- Industriales y comerciales.
  • La contaminación espacial. (Protocolo de Kyoto sobre cambio Climático.- Febrero 16 de 1994).
  • El armamentismo y militarización del espacio exterior y los cuerpos celestes.- guerra.- energía nuclear.
  • El establecimiento definitivo del hombre fuera del Planeta Tierra.- comercio.- religión.- impartición de justicia.
  • La creación de un régimen jurídico para ese conglomerado humano de referencia.- trabajo, vivienda, alimentación, etc.
  • La creación de un organismo autonomo, que se encargue de todo lo relativo a la actividad del hombre en el espacio exterior y los cuerpos celestes, en forma integral; que incluya además, un órgano jurisdiccional con facultades coercitivas.
  • Regulación de beneficios y perjuicios derivados de la Astronáutica.
  • La regulación de las actividades de los particulares en el espacio exterior y los cuerpos celestes.
  • La regulación de las relaciones que se establezcan entre los humanos del Planeta Tierra con los establecidos fuera del mismo.

 

  • La regulación de las relaciones de los humanos establecidos en ó fuera del Planeta Tierra, con formas de vida extra terrestres, con capacidad para ello.
  • Prioridades.- Los recursos naturales.- las comunicaciones.- entre ellas el transporte espacial, el status del hombre establecido definitivamente fuera del Planeta.- La contaminación espacial.-  Información.
  • Nuevo Convenio que substituya el Tratado del 67.-
  • Regulación y reglamentación de todas y cada una de las actividades del hombre en el espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes, que se están desarrollando sin regulación alguna, como el transporte espacial.- Además de todas las nuevas que se realicen en el futuro.

 

NOVENA PARTE

 

El Espacio Aéreo, El Espacio Ultraterrestre, sus Límites y la Soberanía

Generalidades

El espacio Aéreo y la Soberanía de los Estados.

Teoría de la Libertad Absoluta

Teoría de la Soberanía Absoluta

Teoría de la Soberanía Limitada

Teoría de las zonas

El Espacio Ultraterrestre

Generalidades

Delimitación del Espacio Ultraterrestre

Otros Criterios

 

DECIMA PARTE

 

Régimen Jurídico de los Objetos Espaciales

Introducción

Concepto

Legislación en General

Estación Espacial Civil Internacional.-

 

DECIMA PRIMERA PARTE

 

Derecho Planetario y Derecho Interplanetario

Introducción

Generalidades

Derecho Planetario y Derecho Interplanetario

 

 

LEGISLACIÓN INTERNACIONAL

EN MATERIA ESPACIAL

 

 

          a.-  TRATADO POR EL QUE SE PROHIBEN LOS ENSAYOS CON ARMAS NUCLEARES EN LA ATMÓSFERA, EL ESPACIO ULTRATERRESTRE Y DEBAJO DEL AGUA.

 

          Del cinco de agosto de mil novecientos sesenta y tres, en Moscu, U.R.S.S.

 

          Decreto publicado en el diario oficial, el martes 25 de febrero de 1964.

 

          b.-  TRATADO SOBRE LOS PRINCIPIOS QUE DEBEN REGIR LAS ACTIVIDADES DE LOS ESTADOS EN LA EXPLORACIÓN Y UTILIZACIÓN DEL ESPACIO ULTRATERRESTRE, INCLUSO LA LUNA Y OTROS CUERPOS CELESTES.

 

          Del veintisiete de enero de mil novecientos sesenta y siete, en las ciudades de Washington, Londres y Moscu.

 

          Decreto publicado en el diario oficial, el viernes 10 de mayo de 1968.

 

          c.-  ACUERDO SOBRE EL SALVAMENTO Y LA DEVOLUCIÓN DE ASTRONAUTAS Y LA RESTITUCIÓN DE OBJETOS LANZADOS AL ESPACIO ULTRATERRESTRE.

 

          Del veintidos de abril de mil novecientos sesenta y ocho, en las ciudades de Washington, Londres y Moscu.

 

          Decreto publicado en el Diario Oficial, el sábado 20 de septiembre de 1969.

 

          d.-  CONVENIO SOBRE LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL POR DAÑOS CAUSADOS POR LOS OBJETOS ESPACIALES.

 

          Del veintinueve de marzo de mil novecientos setenta y dos, en las ciudades de Washington, Londres y Moscu.

 

          Decreto publicado en el diario oficial, el jueves 8 de agosto de 1974.

 

 

          e.-  CONVENIO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE SEÑALES PORTADORAS DE PROGRAMAS TRANSMITIDOS POR SATÉLITE.

          Del veintiuno de mayo de mil novecientos setenta y cuatro, suscrito en Bruselas, (Bélgica).

 

          Decreto publicado en el diario oficial, el jueves 27 de mayo de 1976.

 

          f.-  CONVENIO SOBRE EL REGISTRO DE OBJETOS LANZADOS AL ESPACIO ULTRATERRESTRE.

 

          Del catorce de enero de mil novecientos setenta y cinco en la ciudad de Nueva York, N.Y.

 

          Decreto publicado en el diario oficial, el miércoles 23 de marzo de 1977.

 

          g.-  ACUERDO QUE DEBE REGIR LAS ACTIVIDADES DE LOS ESTADOS EN LA LUNA Y OTROS CUERPOS CELESTES.

 

          Del dieciocho de diciembre de mil novecientos setenta y nueve, en la ciudad de Nueva York, N.Y.

 

          Decreto publicado en el diario oficial, el viernes 27 de diciembre de 1991.

 

          h.-  ACUERDO INTERGUBERNAMENTAL SOBRE LA ESTACIÓN ESPACIAL CIVIL INTERNACIONAL, del 29 de enero de 1998, Washington,D.C.

 

 

          i.- CONVENCIÓN SOBRE CIBERCRIMINALIDAD.

 

          Del 23 de noviembre del 2001, Budapest, (Hungría).

 

          j).- PROTOCOLO ADICIONAL a la Convención sobre Cibercriminalidad, del 30 de enero del 2003, Estrasburgo, (Francia).

 

          k).- CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS  O.N.U., del 26 de junio de 1945.    

         

          l)    Comisión para el uso pacífico del Espacio Exterior

(COPUOS), creada en 1961 en el seno de las Naciones Unidas; la cual cuenta con dos Subcomisiones; una para asuntos científicos y técnicos; y otra para asuntos jurídicos.

 

          m).- Proyectos para substituir el Tratado del 67.

    

          n).- Proyectos sobre Contaminación Espacial.

 

LEGISLACION NACIONAL EN MATERIA ESPACIAL

 

          1.-  CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS:                                                                  ARTÍCULO 28 PÁRRAFO 4º, QUE REGULA LA PROHIBICIÓN DE MONOPOLIOS, PRÁCTICAS MONOPÓLICAS, ETC.               

 

          POR LO QUE TOCA A LAS ACTIVIDADES ASTRONÁUTICAS:   

 

 

 

 

 

 

 

Dice Unicamente en la parte relativa, “La Comunicación vía satélite y los ferrocarriles son areas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25”.                                                        

           ARTICULO 25.- CORRESPONDE AL ESTADO, PARRAFO QUINTO: Asimismo, podrá participar por si o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las areas prioritarias del desarrollo.

 

          ARTÍCULO 133, QUE EN LA PARTE RELATIVA DICE:                       

 “La Constitución, las leyes del Congreso de la Union que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la republica, con aprobación del senado, serán la ley suprema de toda la Union”, etc. 

 

2.-  Ley de Vías Generales de Comunicación.

 

          3.-  LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES.                      Publicada en el diario oficial del 7 de junio de 1995.

 

          4.-  REGLAMENTO DE TELECOMUNICACIONES.                        Publicado en el diario oficial del 29 de octubre de 1990.

 

         

 

 

 

 

5.-  Código Penal Federal de 1931.- Título Noveno, sobre revelación de Secretos y acceso ilícito a sistemas y equipos de Informática (diez artículos en total).

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