13 de mayo de 2017

COLONIZACION HUMANA DEL ESPACIO ULTRATERRESTRE Y LOS CUERPOS CELESTES, AGOSTO, 2016


Mayo 5, 2017.

COLONIZACION HUMANA DEL ESPACIO ULTRATERRESTRE Y LOS CUERPOS CELESTES
II

          Hablar de la Colonización Humana del Espacio Exterior y los cuerpos celestes en general, es verdaderamente apasionante; en virtud de que durante siglos se habló solo fantasiosamente de hechos de tal naturaleza; por lo que consideramos necesario,mencionarprimero algunos antecedentes, que incluso no se relacionan con colonización humana alguna; sin embargo,tales antecedentes se refieren a algunos hechos comunes, literarios, científicos, tecnológicos,etc., que culminaron con lo que ahora podemos llamar la Era Espacial; independientemente de que como antecedentes, sirvieron en su oportunidad para crear un sueño que rebasa los límites del tiempo;tales como pensar en viajar por el Universo; así como también en su oportunidad, sirvieron para la investigación, exploración y experimentación espaciales, con miras primeroy principalmente,en encontrar recursos naturales en cualquier otro ámbito fuera de nuestro Planeta; debido aque el constante aumento de la población, reduce significativa e inevitablemente el espacio para la producción de alimentos básicos;  independientemente de lacontaminación de la Tierra, el agua y el aire;  a lo que debemos agregar la contaminación espacial, de la que no se habla;  el calentamiento global;  la depredación constante y sistemática de los recursos naturales de la Tierra, que hacemos los propios seres humanos, consciente e inconscientemente, etc.;todo lo cualpone en peligro la sobrevivencia de la Humanidad.

          Lo anterior, dio como resultado afortunadamente, el auge de la Astronáutica como Ciencia y su tecnología; en pos precisamente de encontrar fuera de la Tierra, nuestro Planeta, recursos naturales adecuados para la sobrevivencia del genero humano;mediantenaturalmente de la investigación, exploración y experimentación espaciales;cuyo desarrollo y avance se han diversificado tanto, que han permitidopensar en la posibilidad de la Colonización Humana del Espacio Ultraterrestre y los cuerpos celestes, previa regulación, empezando por nuestro Sistema Solar, en principio, que es el tema de este Trabajo.

          Sin embargo, dichaColonización Humana del Espacio Ultra atmosférico y los cuerpos celestes, no solo puede y debe ser científica y tecnológica, sino también jurídica, a través del Derecho Espacial, como se le llama comúnmente a esta nueva rama del Derecho; y decimos comúnmente,en virtud de que hay quince denominaciones aproximadamente; tales como Derecho Ultraterrestre, Derecho Cósmico, Derecho Satelitario, Derecho Interplanetario, etc., incluído Derecho Universal en nuestro concepto,que se usan indistintamente;  al igual que las denominaciones de Espacio Exterior, Ultraterrestre y Ultraatmosférico;  por lo quejurídicamente hablando, resulta indispensabletambién la elaboración de un Régimen Jurídico, así como la creación de un Organismo Internacional en Materia espacial; que se ocupe en forma integral de las actividades humanas en el Espacio Exterior y los cuerpos celestes;  si tomamos en cuenta que el único Organismo que existe en la Materia, es el Comité para el uso pacífico del espacio exterior (COPUOS), por sus siglas en ingles; pero que no es autónomo ni integral, ya que depende de la Organización de las Naciones Unidas (ONU),  por lo que se ocupa unicamente de lo que interesa a dicha Organización, o aMiembros importantes de la misma,  por lo que sus funciones y atribuciones son muy limitadas.

          Ahora bien, dentro de los hechos y antecedentes en general, relativos al sueñohumano de volar como las aves, recordemos primeramente a la Aerostática; después la Aeronáutica; y actualmente la Astronáutica, conelsueño de viajar por el Universo, según lo podemos constatar a través de obras literarias; referidas concretamente a los viajes por el espacio ultraterrestre, escritas por autores de gran solvencia moral y académica;  entre los que destacan Joseph Kepler, John Wilkins, Cyrano de Bergerac, Voltaire, Edgar Alan Poe, y Julio Verne, entre otros.

          Por lo tanto, hablando concretamente de dichos autores y sus obras,como parte de los antecedentes respecto a viajar por el Universo; tenemos cronológicamente hablando aJoseph Kepler,quien en 1360, escribió una obra llamada “Somnium”; en la que habla de como los espíritus pueden llevar a un mortal a la Luna, a través de un corredor formado por la sombra de la Tierra sobre su Satélite.

          Asimismo, a John Wilkins,quien en 1640, escribió una obra llamada “El Mundo en la Luna”;el Obispo Francisco Godwingcon su novela, “El hombre en la Luna” o “Viaje Quimerico”, editada en 1643, en París (Francia);en la que nos habla de una travesía realizada con una máquina construída por él y tirada por una especie de cisnes salvajes.

          Igualmente, a Cyrano de Bergerac,quien en 1649 y 1652, respectivamente, narra un viaje a la Luna y otro al Sol; diciendo que en el primer viaje, se utiliza un carro de hierro que se eleva con imanes; y en el segundo, una caja impulsada por cohetes de pólvora.  A Voltaire,quien en 1752, escribió una obra llamada “Micromegas”, en la que narra viajes interplanetarios de un gigantesco habitante de Siria acompañado de otro de Saturno.Asimismo, aEdgar Alan Poe,quien en 1835, escribió una obra denominada “Viaje a Venus”,el cual dice, se logró con un vehículo con motor a reacción.

          También aJulio Verne, quien en 1835, publicó su libro denominado “De la Tierra a la Luna”, en la que narra una travesía utilizando una bala disparada por un enorme cañon; y así podríamos seguir citando una serie de escritores, que suponemos en su época, les llamaron fantásticos ofantasiosos; pero que a partir de 1957, con el lanzamiento del primeroy segundo Sputniks rusos;y después el primer Explorer estadounidense, empezaron a cambiar las fantasías de los viajes interplanetarios, en realidades científicas y tecnológicas.

          Además de lo anterior, tenemos también obras literario científicas, y por lo tanto más firmes y reales respecto al sueño de la Humanidad,en su afán de salir de su habitat original y primario,y viajar por el Universo en general; y suponemos hacia los cuerpos celestes de nuestro Sistema Solar en particular, en principio, como es del dominio publico.

          Por lo tanto, dentro de losantecedentes literario científicos, tenemos la creación del primer cohete de los actuales; debido al científico y profesor ruso, Constantin E. Tsiolkovski, considerado además el padre de la Astronáutica; quien publicó dos obras sobre viajes interplanetarios,llamada la primera, “Fuera de la Tierra” en 1896; y “El Cohete Cosmico”, en 1903.

          Tenemos también entre los científicos en materia de Astronáutica, a Robert H. Goddard; quien en 1907 inició investigaciones para lanzar al espacio Ultraatmosférico, cohetes dotados de instrumentos registradores; así como también laelaboración deun proyecto de un cohete en pisos.

          Debemos mencionar también a Andres Bing, quien en 1911, inventó y patentó un aparato para explorar las capas superiores de la Atmosfera;  cabe citar también a Herman Oberth, quien en 1923, publicó estudios sobre un motor de reacción para viajes interplanetarios; a Walter Hofmann,quien en 1925, publicó una obra llamada “La accesibilidad de los cuerpos celestes”, en la cual estudia este tipo de viajes, las orbitas, los descensos en otros planetas y el retorno a la Tierra.

          En fin, los autores mencionados son solamente unos cuantos de los tantosque se dedicaron al estudio de la Astronáutica como Ciencia y su tecnología, además de sus obras escritas, independientemente de los que siguieron y los actuales.                           
Por otra parte, cabe hacer notar al respecto, que la palabra Astronáutica,significa literalmente hablando, la navegación por los astros, o entre los astros;lo cual no es precisamente la realidad; si partimos del punto de vista de que los astros, dicen los científicos, son masas incandescentes; por lo que es imposible físicamente hablando, navegar entre ellos; pero no olvidemos que se trata de simples vocablos utilizados para denominary distinguir una actividad de otra, comoes el caso;denominarpara distinguirlas actividades humanas en el espacio exterior y los cuerpos celestes, de cualquiera otra.

Ahora bien, volviendo con la búsqueda de recursos naturales fuera de nuestro Planeta para la sobrevivencia de la Humanidad,que fué lo que propició el nacimiento formal de las actividades espaciales,a través de la Astronáutica como Ciencia y su tecnología,cuyo desarrollo no tiene igual; en virtud de que en apenas sesenta años, ha logrado avances que ninguna otra Ciencia había logrado antes; empezando por la creación de cohetes con fines de investigación y exploración fuera de nuestro Planeta;  sin embargo, con motivo de la Segunda Guerra Mundial, dichas actividades se suspendieron en su totalidad, hasta pasada dicha  Segunda Guerra Mundial;y lograda la Paz mediante el Tratado de Versalles, etc., se reanudaron los estudios y experimentos al respecto; empezando por la elaboración de un Programa formal de investigación, exploración y experimentación espaciales,por las mismas razones y fundamentos de referencia; consistentes, principalmente, reiteramos, en la búsqueda de  recursos naturales  fuera de nuestro Planeta, para la sobrevivencia de la Humanidad.

          Respecto a lo anterior, debemos anotar que dicho Programa, fue elaborado por organismos públicos y privados, juristas, estudiosos de la Ciencia yel Derecho, etc.; contándose entre los primeros,a la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Union Internacional de Telecomunicaciones (UIT), etc.;y entre los segundos, la Federación Internacional de Astronáutica principalmente, fundada en 1951 en París (Francia), por varios países europeos y algunos del Continente Americano,misma que cuentaentre otros órganos, con el Instituto Internacional de Derecho Espacial (IISL) por sus siglas en ingles; y la Academia Internacional de Astronáutica (I.A.A.) también por sus siglas en ingles;  el Instituto Iberoamericano de Derecho Aeronautico, del espacio y de la Aviación Comercial, entre otros;  además de científicos y estudiosos de la Astronáutica como ciencia y su tecnología,así como de juristas y estudiosos del Derecho, como anotamos con anterioridad.                        

Ahora bien, dichos organismos públicos y privados,y estudiosos en Ciencia y Derecho,en 1955 en Copenhague, (Dinamarca) elaboraron un Programa de investigación, exploración y experimentación espaciales de tres puntos; el primero, consistente en el lanzamiento de objetos espaciales debidamente instrumentados al espacio exterior, para saber cómo era dicho Espacio, qué contenía, etc.; el segundo punto de dicho programa, consistió también en el lanzamiento de objetos espaciales debidamente instrumentados, con seres vivos a bordo; para saber cuáles eran los efectos que causaba a los seres vivos, la estancia fuera de la gravedad terrestre, para de acuerdo con los resultados, ver si era posible o no, enviar seres humanos, con la seguridad de no afectar su integridad física ó su vida;  destacando la perrita Laika, enviada por los rusos; y el chimpancé Enos, por los estadounidenses, que fueron los únicos que se publicitaron.

          Como tercera parte o punto del Programa de referencia, ya con la seguridad de no afectar la integridad física de los seres humanos,ni poner en peligro su vida;fué que se lanzarontambién al espacio ultraterrestre, objetos espaciales debidamente instrumentados, con seres humanos a bordo, a quienes llamamos astronautas en términos generales, vocablo que cambia en razón del idioma.

          A partir de entonces como es del dominio publico, se hicieron, se siguen y se seguirán haciendo investigaciones, exploraciones, experimentos, etc., en el espacio ultraatmosférico y los cuerpos celestes, como los que ya son del dominio publico; empezando por los paseos espaciales; la circunvalación de nuestro satélite natural, la Luna, y de la Tierra, mediante objetos espaciales tripulados;incluídala dudosa llegada físicamente hablando de humanos a la Luna, en 1969; la fabricación o ensamble de estaciones espaciales, como las primerasSoyuz, rusas; la MIR rusa también, y la actual Estación Espacial Civil Internacional, además de otros aparatos, llamémoslesrobots, y laboratorios espaciales, entre otros.

          De lo anterior, se podría colegir, que las razones primarias que impulsaron a la Astronáutica y su tecnología como dijimos con anterioridad; consistentes en la búsqueda de recursos naturales fuera de nuestro Planeta, para la sobrevivencia de la Humanidad,se han perdido,cambiado, olvidado o marginado;  sin embargo, no es así, dichas razones siguen vigentes; solo que la investigación, exploración y experimentación espaciales se han diversificado tanto, que han dado lugar a la posibilidad no solamente de encontrar recursos naturales fuera de nuestro Planeta, dentro de nuestra Galaxia y Sistemas Solares que la componen;que dicen algunos son diez mil  y otros que catorce mil, lo cual no importa;  sino la posibilidad de lograr establecerse en forma definitiva fuera de nuestro Planeta, en alguno de losdiez mil o catorce milSistemas Solares de referencia;ya que por simple lógica y sentido común; consideramos, que debe de haber no un cuerpo celeste incluídos los exoplanetas,sino muchos, con las características sino iguales, al menos parecidas a las de la Tierra; y por lo tanto con posibilidad de ser habitados por seres humanos.

          Jurídicamente hablando, que es el meollo de nuestro Trabajo, tenemos que al inicio de la investigación, exploración y experimentación espaciales, lógicamente no existía regulación jurídica alguna al respecto, pues los únicos antecedentes debidos a la inquietud humana de viajar, transportándosepor el aire de un lugar a otro, cada vez con más rapidez, seguridad, etc., solamente la encontramos en las actividades anteriores afines, como la Aerostática, después la Aeronáutica,y la regulación correspondiente a cada una; pero a partir de 1957, formalmente hablando, por medio de la Astronáutica como Ciencia y su tecnología; la Humanidad logró salir físicamente hablando de su hábitat originario;y llegado incluso, reiteramos, física y dudosamente hablando a la Luna;  independientemente de que a través de objetos espaciales debidamente instrumentados, ha llegado a varios de los planetas de nuestro Sistema Solar;  como Marte; a Lunas de Jupiter y Saturno entre los más lejanos, así como a algunos de los satélites naturales de dichos planetas;actividades todas, que si bien es cierto, son científicas y tecnológicas;  también es cierto, que carecen de regulación jurídica alguna;  por lo que cabe recordar que nada de lo hacemos desde que nacemos y hasta que morimos, es ajeno al Derecho;  y que incluso el Derecho en ocasiones se aplica antes de nacer; y a veces se prolonga hasta después de morir; lo cual no sucede en general, con la regulación de las actividades espaciales, y como ejemplo de esa falta de regulación, podemos citar al “transporte espacial”;  que pese a que es una actividad,que se inició desdey con el primer experimento espacial fracasado o exitoso,  increíblemente continúa sin ninguna regulación jurídica hasta la fecha.

          Por otra parte, si bien es cierto, que se han elaborado  varios tratados, acuerdos y convenios internacionales en Materia Espacial,para regular jurídicamente algunas de las actividades espaciales de investigación, exploración y experimentación;  también es cierto, que no llegan a una docena;  por lo que la mayor parte de dichas actividades carecen de tal regulación.

          En efecto,como prueba de lo anterior, tenemos que los Tratados, Acuerdos y Convenios internacionales en Materia Espacial, existentes y vigentes hasta la fecha,que conforman el corpusiuris spaciales, son los siguientes:

1.-  Tratado por el que se prohíben los ensayos con armas nucleares en la atmósfera, el espacio ultraterrestre y debajo del agua, del 5 de agosto de 1963.
     Cabe hacer notar respecto a este Tratado, que no corresponde a la Legislación Espacial específicamente hablando;  pero lo citamos dentro de dicha Legislación;  en virtud de que se estableció la prohibición de ensayos con armas nucleares en el espacio ultraterrestre;  lo cual suponemos, tal vez se debió al temor de que las grandes potencias, piensen en usar armas nucleares nueva e indiscriminadamente en esos ámbitos;  temor fundado por lo sucedido en la Segunda Guerra Mundial, por lo que se incluyó el espacio ultraterrestre,
2.-  Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, del 27 de enero de 1967.
3.-  Acuerdo sobre el salvamento y la devolución de astronautas y la restitución de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, del 22 de abril de 1968.
4.-  Convenio sobre la responsabilidad internacional por daños causados por objetos espaciales, del 29 de marzo de 1972.
5.-  Convenio sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidos por satélite, del 21 de mayo de 1974.
6.-  Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, del 24 de enero de 1975.
7.-  Acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, del 18 de Diciembre de 1979.
8.-  Acuerdo Gubernamental de la Estación Espacial  Civil Internacional de 1998.
9.-  Convenio sobre Cibercriminalidad del 2001 y su Protocolo del 2003.

De los Tratados, Acuerdos y Convenios internacionales  en Materia Espacial de referencia; destacan el Tratado sobre los Principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes o Tratado del 67; así como el Acuerdo que deben regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, de 1979 o Acuerdo Lunar, por varias razones; tales como,el Tratado del 67,por ser el primer Convenio Internacionalen Materia Espacial,elaborado en el seno de la Organización de Naciones Unidas (ONU);conocido también como Tratado del Espacio, Tratado del 67 y Carta Magna del Espacio; esta última, en virtud de que dicho Tratado, estableció los Principios y conceptos básicos y fundamentales,para la regulación de las actividades espaciales, presentes y futuras en nuestro concepto.
Hablando concretamente de dichosPrincipios establecidos por el Tratado del 67, como Carta Magna, destacan los siguientes:

Que la exploración y utilización del espacio ultraterrestre incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberá hacerse en provecho e interés de todos los países, etc.;  y que incumben a toda la Humanidad.

Que el espacio ultraterrestre incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrán ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación ni de ninguna otra manera.

Que los Estados parte en el Tratado, se comprometen en no colocar en orbita alrededor de la Tierra, ningún objeto portador de armas nucleares ni de ningún otro tipo de armas de destrucción en masa, etc.; es decir, prohíbe el armamentismo en tales ámbitos.

Queda prohibido también establecer en los cuerpos celestes, bases, instalaciones y fortificaciones militares, etc.; es decir,  prohíbe la militarización del Espacio Exterior y los cuerpos celestes.

Considera a los astronautas como enviados de la Humanidad en el espacio ultraterrestre; con lo cual en nuestro concepto, se reconoce por primera vez en un Ordenamiento Jurídico Internacional, a la Humanidad como sujeto de derecho en general y del Derecho Universal en particular.

Por lo que toca al Acuerdo sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, de 1979 o Acuerdo Lunar; tiene también características muy especiales; así como el establecimiento de Principios, respecto a los recursos naturales de nuestro satélite natural y de la contaminación espacial en general, tanto de la Tierra a la Luna, como de la Luna a la Tierra,entre los que destacan los siguientes:

La exploración y utilización de la Luna incumbirán a toda la Humanidad y se efectuarán en provecho y en interés de todos los países, sea cual fuere su grado de desarrollo económico y científico.

En todas las actividades relativas a la exploración y utilización de la Luna, los Estados se guiarán por el principio de la cooperación y la asistencia mutua.                              
Al explorar y utilizar la Luna, los Estados tomarán medidas para que no se perturbe el actual equilibrio de su medio ya por la introducción de modificaciones nocivas en ese medio, ya por su contaminación perjudicial con substancias ajenas al medio, ya de cualquier otro modo.

Los Estados tomarán también medidas para no perjudicar el medio de la Tierra por la introducción de substancias extraterrestres, o de cualquier otro modo.

En cuanto a los recursos naturales, el Acuerdo Lunar, establece, expresamente, que la Luna y sus recursos naturales son patrimonio común de la Humanidad.

Este principio, en nuestro concepto, agrega un elemento más a los atributos del concepto de persona jurídica,respecto a la Humanidad como sujeto de derecho, esto es, el patrimonio.

Que la Luna no puede ser objeto de apropiación nacional mediante reclamaciones de soberanía, por medio del uso o la ocupación, ni por ningún otro medio.

Por lo que toca a los demás Tratados, Acuerdos y Convenios internacionales, vigentes en Materia Espacial que nos ocupan; agregaremos que se refieren a regulación de determinadas actividades específicas, y situaciones de la Humanidad en el espacio exterior, indispensables de regular; como el salvamento de astronautas; responsabilidad por daños causados por objetos espaciales; distribución de señales portadoras de programas transmitidos por satélite; registro de objetos lanzados;  un Estatuto Jurídico, el primero, relativo a una estación espacial, la Estación Espacial Civil Internacional;así como la regulación de ciertas actividades que incluye a los particulares, como el Convenio sobre Cibercriminalidad y su Protocolo;  en virtud de que resultan indispensables, debido a que ha nacido una nueva actividad delictiva, que no existía, la Cibercriminalidad, misma que cada día se agrava más.

Por otra parte, de la simple lectura de los nombres de los Tratados, Acuerdos y Convenios internacionales en Materia Espacial de referencia;se desprende que ninguno de ellos, se refiere al establecimiento definitivo de seres humanos en cuerpo celeste alguno de los Sistemas Solares de nuestra Galaxia, ni de ninguna otra, Exoplanetas, etc.; por lo cual, consideramos como decimos con anterioridad, que antes de siquiera intentar dicho establecimiento definitivo, previo el o los experimentos correspondientes;  se debe elaborar un Régimen Jurídico al respecto; así como crear un Organismo Internacional en Materia Espacial, autónomo, que se ocupe integral y jurídicamente hablando, de todas y cada una de las actividades humanas en el espacio ultraterrestre y en los cuerpos celestes;  respecto al cual hace tiempo elaboramos un Proyecto, mismo que expusimos durante algunas de las Jornadas del Instituto Iberoamericano de referencia en Madrid (España), así como en un Congreso del Instituto Internacional de Derecho Espacial (IISL), por sus siglas en ingles.

En consecuencia, dichos Tratados, Acuerdos y Convenios Internacionales en Materia Espacial que nos ocupan, en especial el Tratado del 67 y el Acuerdo Lunar del 79; representan el fundamento  y las bases para una regulación jurídica preventiva,respecto al establecimiento definitivo de los seres humanos fuera de su hábitat originario, como lo es nuestro planeta Tierra, a cargo de la Comunidad Internacional, que prevea todo lo relativo a dicho establecimiento desde todos los angulos posibles, incluído el nuevo status de la Humanidad; la creación de instituciones como las de la Tierra hasta donde sea posible, etc., pero en otra dimensión.

Sin embargo, cabe hacer notar, que para el efecto del establecimiento definitivo de los seres humanos fuera de nuestro Planeta, no hay ni siquiera un proyecto de programa y regulación jurídica alguna al respecto, hasta hoy día;  por lo que sugerimos,que se debe hacer o intentar cuando menos, un bosquejo jurídico de dicho establecimiento definitivo de seres humanos fuera de nuestro Planeta;  ya que como hemos dicho en otras ocasiones, no se trata de un nuevoDescubrimiento de Americao de una nuevaConquista del Oeste en el EspacioUltraatmosférico.

Por lo tanto, insistimos,que en nuestro concepto para llegar a tal regulación,son indispensables previamente dos cosas, jurídicamente hablando;reiteramos, el establecimiento de un Régimen Jurídico, y la creación de un Organismo Internacional, que se ocupe de regular todas y cada una de las actividades humanas en el espacio exterior y los cuerpos celestes,en los términos mencionados,partiendo de nuestro Planeta; o en su caso, de estaciones orbitales, como la MIR rusa en su tiempo; y la Estación Espacial Civil Internacional actual, que sería la parte científica y tecnológica;además,reiteramos, de la jurídica también en la forma indicada.

Por otra parte, consideramos que aún cuando no somos científicos, o precisamente por no serlo, es necesario hacer algunos cuestionamientos respecto a dicho establecimiento definitivo; recurriendo a la Lógica yal Sentido común de ser necesario;  lo cual por ignorantes que seamos, analfabetas inclusive, nos pueden conducir a la verdad, sin muchos problemas;es decir, sabemos queaún cuando se habla constantemente del establecimiento definitivo de seres humanos fuera de su hábitat originario;salvo lo que digan los científicos, en nuestro concepto consideramos que efectivamente tal hazaña es posible, y que se logrará en su oportunidad; ya que la inquietud por el saber de los humanos es tan inmensa como el Universo mismo; sin embargo, pensamos que hay varios problemas a resolver, no para colonizar el espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes, sino apenas para intentarlo.                                                    
En efecto,tales problemas, insistimos, sin ser científicos, pero de conformidad con la Astronáutica como Ciencia y su tecnología;  tenemos que hasta hoy día, no se ha logrado encontrar agua, diríamos además potable, para la sobrevivencia de los seres vivos de nuestro Planeta en otro ámbito;  recurso natural indispensable, además de insubstituible e infabricable;  cuya falta incluso en nuestro Planeta ya es un grave problema;a grado tal, que consideramos y coincidimos con la idea generalizada, de que la Tercera Guerra Mundial, será por el agua.

También sabemos, que hasta la fecha no se ha vencido la velocidad de la Luz, que es también indispensable para salir de nuestro Sistema Solar; para lograr llegar a otro Sistema Planetario, al menos de nuestra Galaxia, o a un exoplaneta; casos ambos en los cuales se encuentren características iguales o parecidas a las del Planeta Tierra.

Respecto a lo anterior, cabe hacer notar, que la velocidad de la Luz dicen los científicos, es de 300,000 km. por segundo;  supongo que por 60 segundos; por 60 minutos; por 24 horas;  y por 365 días del año;  por lo que atendiendo a que la velocidad máxima actual en nuestro Planeta, es de apenas de 3,500 km. por hora;en relación a que según informan los medios, últimamente se descubrió un Sistema Planetario de Exoplanetas similares a la Tierra, que está dicen los científicos, a 40 años Luz;Sistema en el cual, agregan, existen tres al menos, que indican actividad biológica, con zonas temperadas;  por lo que tal distancia, a la velocidad mencionada que hemos alcanzado,equivale dicen, a diez millones de años, llamémosles terráqueos;por lo cual en nuestro concepto por no ser científicos, consideramos imposible que llegar a tales exoplanetas para comprobar las condiciones de los mismos;respecto a la posible habitabilidad para los humanos, etc.; está muy lejos de lo que los medios publicitarios amarillistas, dicen constantemente.

Asimismo, consideramos también como problema el aspecto climático del Espacio ultraatmosférico y los cuerpos celestes, al menos de nuestra Galaxia;  el cual se debe tomar en cuenta, para el proyecto del establecimiento definitivo de los seres humanos fuera de nuestro Planeta;  ya que a ese respecto dicen los científicos,  Mercurio y Venus no son apropiados para dicho establecimiento definitivo; en virtud de que las temperaturas en esos planetas, son de más de doscientos grados sobre cero; y por lo que toca a los cuerpos celestes que siguen a nuestro Planeta;  esto es, Marte, Jupiter, etc.; las temperaturas son de doscientos amás de mil grados bajo cero;  lo que tal vez permita la existencia de algunas formas de vida; pero por ningún motivo de habitabilidad, para los seres vivos de la Tierra, incluídos los humanos.
                              
Además de lo anterior, atento nuestra ignorancia científica;y el que no se mencione nada respecto a la desintegración de la Materia en general, y del cuerpo humano en particular, como efecto de la velocidad;consideramos también el que no se hayan hecho experimentos respecto a la desintegración del cuerpo humano, a la velocidad de la Luz, multiplicada no sabemos por cuanto;por lo que consideramos,que hasta en tanto no se logre salvaguardar la vida y la integridad física de los seres humanos en ese aspecto, tampoco se puede pensar en un establecimiento definitivode seres humanos fuera de la Tierra.
                                                   
Aparte de la desintegración del cuerpo humano de referencia, el Doctor en Ingeniería Espacial, VÍCTOR VELASCO HERRERA, del Instituto de Geofísica de la Universidad Nacional Autonoma de México, (UNAM), nos ilustró respecto a los materiales con que se fabricanlos objetos espaciales que se lanzan actualmente al Espacio Exterior y los cuerpos celestes, en el sentido de que en razón de la velocidad de referencia alcanzada, se deforman; por lo que los materiales con que se fabriquen tales objetosen el futuro, para el establecimiento definitivo de los humanos fuera de nuestro Planeta,tienen que ser indeformables; lo cual no se ha podido lograrhasta hoy día; lo que confirma nuestra idea respecto a que el establecimiento definitivo que nos ocupa de humanos fuera de la Tierra, no puede ser realizable todavía, y menos aún a corto plazo, sino posible o seguramente a muy largo plazo;por lo que sin ser científicos,consideramos quepuede ser dentro de cien años o más, mínimo. 

En conclusión, como anotamos desde el principio, los humanos en general somos los peoresy principales depredadores conscientes e inconscientes de los recursos naturales de nuestro Planeta; a grado tal, de que cada día acabamos con cientos de bosques;con toda clase de animales;por lo que hay muchas especiesen peligro de extinción; entre las que nos llama poderosamente la atención, están las abejas, que dicen los que dicen que saben, que si se extinguen las abejas, se extingue la Humanidad, en razón de la Polinización, lo cual creemos muy pocos humanos sabemos.

Además de lo anterior,y aún cuando no hay relación alguna; también cabe hacer notar, que antes de que todo lo anterior pueda o no suceder;  corremos el riesgo de que algún loco de los tantos gobernantes que padecemos en el Mundo, normalmente entre las grandes potencias, que tienen arsenales de armas nucleares legal e ilegalmente, y todo tipo de armas de destrucción en masa,incluídas las químicas,  en un lapsus de estupidez de los  que padecen frecuentemente, acaben con la Humanidad en cualquier momento.

Pero volviendo con el tema de la colonizaciónhumana del Espacio Ultraterrestre y los cuerpos celestes, que tanto se publicita últimamente; consideramos que las noticias sensacionalistas que aparecen en los medios;  consistentes en que en el año 2020, 2030, etc., se establecerá la primera colonia humana en la Luna, nuestro satélite natural, o en Marte, etc., no pasan de ser eso, noticias sensacionalistas o amarillistas como también les llaman, sin ningún fundamento científico, tecnológico, ni jurídico.

A propósito del verbo Colonizar de conformidad con el Diccionario de la Real Academia Española, en términos generales; que sin entrar en detalles, solo citamos como referencia del tema; consiste en la residencia de formas de vida, entre otras cosas;  ocupando un espacio;  por lo que la colonización humana del espacio exterior y los cuerpos celestes; consiste también, en que seres humanos residan en dichos ámbitos; sin embargo, jurídicamente hablando, según el Derecho Internacional, estamos hablando de dos figuras jurídicas, como son la Ocupación y la Conquista; consistente la primera, en la apropiación de un espacio ajeno desocupado;  y la segunda, en la apropiación a veces mediante la fuerza;  de un espacio ajeno ocupado, por lo que la colonización humana del espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes, se puede referir a la población humana que llegue a ocupar un espacio, perdonando la redundancia en el espacio ultraatmosférico o en alguno de los cuerpos celestes, cualquiera que este sea;  planetas, exoplanetas, satélites naturales, etc., con fines de residencia.

En cuanto a los programas televisivos, pseudo serios;  no hablamos a las películas de ciencia ficción, sobre extraterrestres,en el sentido de que ya viven en nuestro Planeta, aparte del sensacionalismo de referencia; cabe advertir que se trata solamente de modus vivendi, publicitados como negocio; exhibiendo fenómenos humanos, como seres extraterrestres, también sin fundamento científico alguno,ya que dichos fenómenos tienen toda clase de explicaciones;en cambio a contrario sensu;  tendríamos que aceptar, quetales formas de vida extraterrestre son más inteligentes que los humanos;empezando porquede ser ciertasu estancia en nuestro Planeta; significaría que resolvieron el problema de la velocidad de la Luz;  la no desintegración de la Materia;  el uso de materiales no deformables por la velocidad de la Luz, para la fabricación de sus objetos espaciales, etc.; y en el colmo de la imaginación,la especulación o la ciencia ficción solamente, se debe agregar que pueden cambiar su fisonomía, la que sea, por la humana, entre otras cosas; todo lo cual nos obligaría a una pregunta, porqué entonces tienen que ocultarse, siendo superiores a los humanos en todos sentidos?   

Por ultimo, además de todo lo anterior,no olvidemos que es indispensable tomar en cuenta la existencia efectivamente de otras formas de vida extraterrestre;  en virtud de que como hemos afirmado siempre, no es posible pensar y menos presumir, que los humanos seamos los únicos seres pensantes en la inmensidad del Universo;  es decir,aparte de las formas de vida que hay en la Tierra, incluída la raza humana; debe de haber forzosamente formas de vida extraterrestre en otros ámbitos; las cualespueden ser inferiores a la humana,  iguales que la humana o superiores a la humana; hipótesis que nos indicarían también, cuál puede ser el futuro de la Humanidad fuera de nuestro Planeta, en relación a esas posibles formas de vida extraterrestre;es decir, si son inferiores;  suponemos que no habrá problema alguno, como no sea el ver las posibilidades de aprovecharlas en beneficio de los humanos; si son iguales y aptas para establecer relaciones con ellas; representarían más o menos, los mismos problemas normales de las diferentes razas humanas,nacionalidades, costumbres,idiomas, etc.,que tenemos en nuestro Planeta,las cuales previa regulación de igualdad, sería la solución para la colonización y convivencia humana con esas formas de vida,fuera de nuestro Planeta, aproximadamente; sin embargo, si se trata de formas de vida superiores, sin temor a equivocarnos,podemos decir, que será el fin de la Humanidad, ya que de una o de otra forma, nos someterán o nos destruirán.


DR. JOSE LUIS ALVAREZ HERNANDEZ