Mayo
5, 2017.
COLONIZACION
HUMANA DEL ESPACIO ULTRATERRESTRE Y LOS CUERPOS CELESTES
II
Hablar
de la Colonización Humana del Espacio Exterior y los cuerpos celestes en
general, es verdaderamente apasionante; en virtud de que durante siglos se
habló solo fantasiosamente de hechos de tal naturaleza; por lo que consideramos
necesario,mencionarprimero algunos antecedentes, que incluso no se relacionan
con colonización humana alguna; sin embargo,tales antecedentes se refieren a
algunos hechos comunes, literarios, científicos, tecnológicos,etc., que
culminaron con lo que ahora podemos llamar la Era Espacial; independientemente
de que como antecedentes, sirvieron en su oportunidad para crear un sueño que
rebasa los límites del tiempo;tales como pensar en viajar por el Universo; así
como también en su oportunidad, sirvieron para la investigación, exploración y
experimentación espaciales, con miras primeroy principalmente,en encontrar
recursos naturales en cualquier otro ámbito fuera de nuestro Planeta; debido aque
el constante aumento de la población, reduce significativa e inevitablemente el
espacio para la producción de alimentos básicos; independientemente de lacontaminación de la
Tierra, el agua y el aire; a lo que
debemos agregar la contaminación espacial, de la que no se habla; el calentamiento global; la depredación constante y sistemática de los
recursos naturales de la Tierra, que hacemos los propios seres humanos,
consciente e inconscientemente, etc.;todo lo cualpone en peligro la
sobrevivencia de la Humanidad.
Lo anterior, dio como resultado afortunadamente,
el auge de la Astronáutica como Ciencia y su tecnología; en pos precisamente de
encontrar fuera de la Tierra, nuestro Planeta, recursos naturales adecuados
para la sobrevivencia del genero humano;mediantenaturalmente de la investigación,
exploración y experimentación espaciales;cuyo desarrollo y avance se han
diversificado tanto, que han permitidopensar en la posibilidad de la
Colonización Humana del Espacio Ultraterrestre y los cuerpos celestes, previa regulación,
empezando por nuestro Sistema Solar, en principio, que es el tema de este
Trabajo.
Sin embargo, dichaColonización Humana del
Espacio Ultra atmosférico y los cuerpos celestes, no solo puede y debe ser
científica y tecnológica, sino también jurídica, a través del Derecho Espacial,
como se le llama comúnmente a esta nueva rama del Derecho; y decimos comúnmente,en
virtud de que hay quince denominaciones aproximadamente; tales como Derecho
Ultraterrestre, Derecho Cósmico, Derecho Satelitario, Derecho Interplanetario, etc.,
incluído Derecho Universal en nuestro concepto,que se usan
indistintamente; al igual que las
denominaciones de Espacio Exterior, Ultraterrestre y Ultraatmosférico; por lo quejurídicamente hablando, resulta
indispensabletambién la elaboración de un Régimen Jurídico, así como la
creación de un Organismo Internacional en Materia espacial; que se ocupe en
forma integral de las actividades humanas en el Espacio Exterior y los cuerpos
celestes; si tomamos en cuenta que el
único Organismo que existe en la Materia, es el Comité para el uso pacífico del
espacio exterior (COPUOS), por sus siglas en ingles; pero que no es autónomo ni
integral, ya que depende de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), por lo que se ocupa unicamente de lo que
interesa a dicha Organización, o aMiembros importantes de la misma, por lo que sus funciones y atribuciones son muy
limitadas.
Ahora bien, dentro de los hechos y
antecedentes en general, relativos al sueñohumano de volar como las aves,
recordemos primeramente a la Aerostática; después la Aeronáutica; y actualmente
la Astronáutica, conelsueño de viajar por el Universo, según lo podemos
constatar a través de obras literarias; referidas concretamente a los viajes
por el espacio ultraterrestre, escritas por autores de gran solvencia moral y
académica; entre los que destacan Joseph
Kepler, John Wilkins, Cyrano de Bergerac, Voltaire, Edgar Alan Poe, y Julio
Verne, entre otros.
Por lo tanto, hablando concretamente
de dichos autores y sus obras,como parte de los antecedentes respecto a viajar
por el Universo; tenemos cronológicamente hablando aJoseph Kepler,quien en 1360,
escribió una obra llamada “Somnium”; en la que habla de como los espíritus
pueden llevar a un mortal a la Luna, a través de un corredor formado por la
sombra de la Tierra sobre su Satélite.
Asimismo, a John Wilkins,quien en 1640,
escribió una obra llamada “El Mundo en la Luna”;el Obispo Francisco Godwingcon
su novela, “El hombre en la Luna” o “Viaje Quimerico”, editada en 1643, en
París (Francia);en la que nos habla de una travesía realizada con una máquina
construída por él y tirada por una especie de cisnes salvajes.
Igualmente, a Cyrano de Bergerac,quien
en 1649 y 1652, respectivamente, narra un viaje a la Luna y otro al Sol;
diciendo que en el primer viaje, se utiliza un carro de hierro que se eleva con
imanes; y en el segundo, una caja impulsada por cohetes de pólvora. A Voltaire,quien en 1752, escribió una obra
llamada “Micromegas”, en la que narra viajes interplanetarios de un gigantesco
habitante de Siria acompañado de otro de Saturno.Asimismo, aEdgar Alan Poe,quien
en 1835, escribió una obra denominada “Viaje a Venus”,el cual dice, se logró
con un vehículo con motor a reacción.
También aJulio Verne, quien en 1835,
publicó su libro denominado “De la Tierra a la Luna”, en la que narra una
travesía utilizando una bala disparada por un enorme cañon; y así podríamos
seguir citando una serie de escritores, que suponemos en su época, les llamaron
fantásticos ofantasiosos; pero que a partir de 1957, con el lanzamiento del
primeroy segundo Sputniks rusos;y después el primer Explorer estadounidense,
empezaron a cambiar las fantasías de los viajes interplanetarios, en realidades
científicas y tecnológicas.
Además de lo anterior, tenemos también
obras literario científicas, y por lo tanto más firmes y reales respecto al
sueño de la Humanidad,en su afán de salir de su habitat original y primario,y
viajar por el Universo en general; y suponemos hacia los cuerpos celestes de
nuestro Sistema Solar en particular, en principio, como es del dominio publico.
Por lo tanto, dentro de losantecedentes
literario científicos, tenemos la creación del primer cohete de los actuales;
debido al científico y profesor ruso, Constantin E. Tsiolkovski, considerado
además el padre de la Astronáutica; quien publicó dos obras sobre viajes
interplanetarios,llamada la primera, “Fuera de la Tierra” en 1896; y “El Cohete
Cosmico”, en 1903.
Tenemos también entre los científicos
en materia de Astronáutica, a Robert H. Goddard; quien en 1907 inició
investigaciones para lanzar al espacio Ultraatmosférico, cohetes dotados de
instrumentos registradores; así como también laelaboración deun proyecto de un
cohete en pisos.
Debemos mencionar también a Andres
Bing, quien en 1911, inventó y patentó un aparato para explorar las capas
superiores de la Atmosfera; cabe citar
también a Herman Oberth, quien en 1923, publicó estudios sobre un motor de
reacción para viajes interplanetarios; a Walter Hofmann,quien en 1925, publicó una
obra llamada “La accesibilidad de los cuerpos celestes”, en la cual estudia
este tipo de viajes, las orbitas, los descensos en otros planetas y el retorno
a la Tierra.
En fin, los autores mencionados son
solamente unos cuantos de los tantosque se dedicaron al estudio de la
Astronáutica como Ciencia y su tecnología, además de sus obras escritas,
independientemente de los que siguieron y los actuales.
Por
otra parte, cabe hacer notar al respecto, que la palabra Astronáutica,significa
literalmente hablando, la navegación por los astros, o entre los astros;lo cual
no es precisamente la realidad; si partimos del punto de vista de que los
astros, dicen los científicos, son masas incandescentes; por lo que es
imposible físicamente hablando, navegar entre ellos; pero no olvidemos que se
trata de simples vocablos utilizados para denominary distinguir una actividad
de otra, comoes el caso;denominarpara distinguirlas actividades humanas en el
espacio exterior y los cuerpos celestes, de cualquiera otra.
Ahora
bien, volviendo con la búsqueda de recursos naturales fuera de nuestro Planeta
para la sobrevivencia de la Humanidad,que fué lo que propició el nacimiento
formal de las actividades espaciales,a través de la Astronáutica como Ciencia y
su tecnología,cuyo desarrollo no tiene igual; en virtud de que en apenas
sesenta años, ha logrado avances que ninguna otra Ciencia había logrado antes; empezando
por la creación de cohetes con fines de investigación y exploración fuera de
nuestro Planeta; sin embargo, con motivo
de la Segunda Guerra Mundial, dichas actividades se suspendieron en su
totalidad, hasta pasada dicha Segunda
Guerra Mundial;y lograda la Paz mediante el Tratado de Versalles, etc., se
reanudaron los estudios y experimentos al respecto; empezando por la
elaboración de un Programa formal de investigación, exploración y
experimentación espaciales,por las mismas razones y fundamentos de referencia;
consistentes, principalmente, reiteramos, en la búsqueda de recursos naturales fuera de nuestro Planeta, para la
sobrevivencia de la Humanidad.
Respecto a lo anterior, debemos anotar
que dicho Programa, fue elaborado por organismos públicos y privados, juristas,
estudiosos de la Ciencia yel Derecho, etc.; contándose entre los primeros,a la Organización
de Naciones Unidas (ONU), la Union Internacional de Telecomunicaciones (UIT),
etc.;y entre los segundos, la Federación Internacional de Astronáutica principalmente,
fundada en 1951 en París (Francia), por varios países europeos y algunos del Continente
Americano,misma que cuentaentre otros órganos, con el Instituto Internacional
de Derecho Espacial (IISL) por sus siglas en ingles; y la Academia
Internacional de Astronáutica (I.A.A.) también por sus siglas en ingles; el Instituto Iberoamericano de Derecho
Aeronautico, del espacio y de la Aviación Comercial, entre otros; además de científicos y estudiosos de la
Astronáutica como ciencia y su tecnología,así como de juristas y estudiosos del
Derecho, como anotamos con anterioridad.
Ahora
bien, dichos organismos públicos y privados,y estudiosos en Ciencia y Derecho,en
1955 en Copenhague, (Dinamarca) elaboraron un Programa de investigación,
exploración y experimentación espaciales de tres puntos; el primero,
consistente en el lanzamiento de objetos espaciales debidamente instrumentados al
espacio exterior, para saber cómo era dicho Espacio, qué contenía, etc.; el
segundo punto de dicho programa, consistió también en el lanzamiento de objetos
espaciales debidamente instrumentados, con seres vivos a bordo; para saber
cuáles eran los efectos que causaba a los seres vivos, la estancia fuera de la
gravedad terrestre, para de acuerdo con los resultados, ver si era posible o no,
enviar seres humanos, con la seguridad de no afectar su integridad física ó su
vida; destacando la perrita Laika,
enviada por los rusos; y el chimpancé Enos, por los estadounidenses, que fueron
los únicos que se publicitaron.
Como tercera parte o punto del Programa
de referencia, ya con la seguridad de no afectar la integridad física de los
seres humanos,ni poner en peligro su vida;fué que se lanzarontambién al espacio
ultraterrestre, objetos espaciales debidamente instrumentados, con seres
humanos a bordo, a quienes llamamos astronautas en términos generales, vocablo
que cambia en razón del idioma.
A partir de entonces como es del
dominio publico, se hicieron, se siguen y se seguirán haciendo investigaciones,
exploraciones, experimentos, etc., en el espacio ultraatmosférico y los cuerpos
celestes, como los que ya son del dominio publico; empezando por los paseos
espaciales; la circunvalación de nuestro satélite natural, la Luna, y de la
Tierra, mediante objetos espaciales tripulados;incluídala dudosa llegada
físicamente hablando de humanos a la Luna, en 1969; la fabricación o ensamble
de estaciones espaciales, como las primerasSoyuz, rusas; la MIR rusa también, y
la actual Estación Espacial Civil Internacional, además de otros aparatos,
llamémoslesrobots, y laboratorios espaciales, entre otros.
De lo anterior, se podría colegir, que
las razones primarias que impulsaron a la Astronáutica y su tecnología como
dijimos con anterioridad; consistentes en la búsqueda de recursos naturales
fuera de nuestro Planeta, para la sobrevivencia de la Humanidad,se han perdido,cambiado,
olvidado o marginado; sin embargo, no es
así, dichas razones siguen vigentes; solo que la investigación, exploración y
experimentación espaciales se han diversificado tanto, que han dado lugar a la
posibilidad no solamente de encontrar recursos naturales fuera de nuestro
Planeta, dentro de nuestra Galaxia y Sistemas Solares que la componen;que dicen
algunos son diez mil y otros que catorce
mil, lo cual no importa; sino la
posibilidad de lograr establecerse en forma definitiva fuera de nuestro
Planeta, en alguno de losdiez mil o catorce milSistemas Solares de referencia;ya
que por simple lógica y sentido común; consideramos, que debe de haber no un
cuerpo celeste incluídos los exoplanetas,sino muchos, con las características
sino iguales, al menos parecidas a las de la Tierra; y por lo tanto con
posibilidad de ser habitados por seres humanos.
Jurídicamente hablando, que es el meollo
de nuestro Trabajo, tenemos que al inicio de la investigación, exploración y
experimentación espaciales, lógicamente no existía regulación jurídica alguna
al respecto, pues los únicos antecedentes debidos a la inquietud humana de
viajar, transportándosepor el aire de un lugar a otro, cada vez con más
rapidez, seguridad, etc., solamente la encontramos en las actividades anteriores
afines, como la Aerostática, después la Aeronáutica,y la regulación
correspondiente a cada una; pero a partir de 1957, formalmente hablando, por
medio de la Astronáutica como Ciencia y su tecnología; la Humanidad logró salir
físicamente hablando de su hábitat originario;y llegado incluso, reiteramos, física
y dudosamente hablando a la Luna;
independientemente de que a través de objetos espaciales debidamente
instrumentados, ha llegado a varios de los planetas de nuestro Sistema Solar; como Marte; a Lunas de Jupiter y Saturno
entre los más lejanos, así como a algunos de los satélites naturales de dichos planetas;actividades
todas, que si bien es cierto, son científicas y tecnológicas; también es cierto, que carecen de regulación jurídica
alguna; por lo que cabe recordar que
nada de lo hacemos desde que nacemos y hasta que morimos, es ajeno al
Derecho; y que incluso el Derecho en
ocasiones se aplica antes de nacer; y a veces se prolonga hasta después de
morir; lo cual no sucede en general, con la regulación de las actividades
espaciales, y como ejemplo de esa falta de regulación, podemos citar al “transporte
espacial”; que pese a que es una
actividad,que se inició desdey con el primer experimento espacial fracasado o
exitoso, increíblemente continúa sin ninguna
regulación jurídica hasta la fecha.
Por otra parte, si bien es cierto, que
se han elaborado varios tratados,
acuerdos y convenios internacionales en Materia Espacial,para regular jurídicamente
algunas de las actividades espaciales de investigación, exploración y
experimentación; también es cierto, que
no llegan a una docena; por lo que la
mayor parte de dichas actividades carecen de tal regulación.
En efecto,como prueba de lo anterior,
tenemos que los Tratados, Acuerdos y Convenios internacionales en Materia
Espacial, existentes y vigentes hasta la fecha,que conforman el corpusiuris
spaciales, son los siguientes:
1.- Tratado
por el que se prohíben los ensayos con armas nucleares en la atmósfera, el
espacio ultraterrestre y debajo del agua, del 5 de agosto de 1963.
Cabe
hacer notar respecto a este Tratado, que no corresponde a la Legislación
Espacial específicamente hablando; pero
lo citamos dentro de dicha Legislación;
en virtud de que se estableció la prohibición de ensayos con armas
nucleares en el espacio ultraterrestre; lo
cual suponemos, tal vez se debió al temor de que las grandes potencias, piensen
en usar armas nucleares nueva e indiscriminadamente en esos ámbitos; temor fundado por lo sucedido en la Segunda
Guerra Mundial, por lo que se incluyó el espacio ultraterrestre,
2.- Tratado
sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la
exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros
cuerpos celestes, del 27 de enero de 1967.
3.- Acuerdo
sobre el salvamento y la devolución de astronautas y la restitución de objetos
lanzados al espacio ultraterrestre, del 22 de abril de 1968.
4.- Convenio
sobre la responsabilidad internacional por daños causados por objetos
espaciales, del 29 de marzo de 1972.
5.- Convenio
sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidos por
satélite, del 21 de mayo de 1974.
6.- Convenio
sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, del 24 de
enero de 1975.
7.- Acuerdo
que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos
celestes, del 18 de Diciembre de 1979.
8.- Acuerdo
Gubernamental de la Estación Espacial Civil Internacional de 1998.
9.- Convenio
sobre Cibercriminalidad del 2001 y su Protocolo del 2003.
De
los Tratados, Acuerdos y Convenios internacionales en Materia Espacial de referencia; destacan
el Tratado sobre los Principios que deben regir las actividades de los Estados
en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y
otros cuerpos celestes o Tratado del 67; así como el Acuerdo que deben regir
las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, de 1979 o
Acuerdo Lunar, por varias razones; tales como,el Tratado del 67,por ser el
primer Convenio Internacionalen Materia Espacial,elaborado en el seno de la
Organización de Naciones Unidas (ONU);conocido también como Tratado del
Espacio, Tratado del 67 y Carta Magna del Espacio; esta última,
en virtud de que dicho Tratado, estableció los Principios y conceptos básicos y
fundamentales,para la regulación de las actividades espaciales, presentes y
futuras en nuestro concepto.
Hablando
concretamente de dichosPrincipios establecidos por el Tratado del 67, como
Carta Magna, destacan los siguientes:
Que
la exploración y utilización del espacio ultraterrestre incluso la Luna y otros
cuerpos celestes, deberá hacerse en provecho e interés de todos los países,
etc.; y que incumben a toda la
Humanidad.
Que
el espacio ultraterrestre incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrán
ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u
ocupación ni de ninguna otra manera.
Que
los Estados parte en el Tratado, se comprometen en no colocar en orbita
alrededor de la Tierra, ningún objeto portador de armas nucleares ni de ningún
otro tipo de armas de destrucción en masa, etc.; es decir, prohíbe el
armamentismo en tales ámbitos.
Queda
prohibido también establecer en los cuerpos celestes, bases, instalaciones y
fortificaciones militares, etc.; es decir,
prohíbe la militarización del Espacio Exterior y los cuerpos celestes.
Considera
a los astronautas como enviados de la Humanidad en el espacio ultraterrestre;
con lo cual en nuestro concepto, se reconoce por primera vez en un Ordenamiento
Jurídico Internacional, a la Humanidad como sujeto de derecho en general y del
Derecho Universal en particular.
Por
lo que toca al Acuerdo sobre los principios que deben regir las actividades de
los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, de 1979 o Acuerdo Lunar; tiene
también características muy especiales; así como el establecimiento de Principios,
respecto a los recursos naturales de nuestro satélite natural y de la contaminación
espacial en general, tanto de la Tierra a la Luna, como de la Luna a la Tierra,entre
los que destacan los siguientes:
La
exploración y utilización de la Luna incumbirán a toda la Humanidad y se
efectuarán en provecho y en interés de todos los países, sea cual fuere su
grado de desarrollo económico y científico.
En
todas las actividades relativas a la exploración y utilización de la Luna, los
Estados se guiarán por el principio de la cooperación y la asistencia mutua.
Al
explorar y utilizar la Luna, los Estados tomarán medidas para que no se
perturbe el actual equilibrio de su medio ya por la introducción de
modificaciones nocivas en ese medio, ya por su contaminación perjudicial con
substancias ajenas al medio, ya de cualquier otro modo.
Los
Estados tomarán también medidas para no perjudicar el medio de la Tierra por la
introducción de substancias extraterrestres, o de cualquier otro modo.
En
cuanto a los recursos naturales, el Acuerdo Lunar, establece, expresamente, que
la Luna y sus recursos naturales son patrimonio común de la Humanidad.
Este
principio, en nuestro concepto, agrega un elemento más a los atributos del
concepto de persona jurídica,respecto a la Humanidad como sujeto de derecho,
esto es, el patrimonio.
Que
la Luna no puede ser objeto de apropiación nacional mediante reclamaciones de
soberanía, por medio del uso o la ocupación, ni por ningún otro medio.
Por
lo que toca a los demás Tratados, Acuerdos y Convenios internacionales,
vigentes en Materia Espacial que nos ocupan; agregaremos que se refieren a regulación
de determinadas actividades específicas, y situaciones de la Humanidad en el
espacio exterior, indispensables de regular; como el salvamento de astronautas;
responsabilidad por daños causados por objetos espaciales; distribución de
señales portadoras de programas transmitidos por satélite; registro de objetos
lanzados; un Estatuto Jurídico, el
primero, relativo a una estación espacial, la Estación Espacial Civil
Internacional;así como la regulación de ciertas actividades que incluye a los
particulares, como el Convenio sobre Cibercriminalidad y su Protocolo; en virtud de que resultan indispensables,
debido a que ha nacido una nueva actividad delictiva, que no existía, la
Cibercriminalidad, misma que cada día se agrava más.
Por
otra parte, de la simple lectura de los nombres de los Tratados, Acuerdos y Convenios
internacionales en Materia Espacial de referencia;se desprende que ninguno de
ellos, se refiere al establecimiento definitivo de seres humanos en cuerpo
celeste alguno de los Sistemas Solares de nuestra Galaxia, ni de ninguna otra,
Exoplanetas, etc.; por lo cual, consideramos como decimos con anterioridad, que
antes de siquiera intentar dicho establecimiento definitivo, previo el o los
experimentos correspondientes; se debe
elaborar un Régimen Jurídico al respecto; así como crear un Organismo Internacional
en Materia Espacial, autónomo, que se ocupe integral y jurídicamente hablando,
de todas y cada una de las actividades humanas en el espacio ultraterrestre y
en los cuerpos celestes; respecto al
cual hace tiempo elaboramos un Proyecto, mismo que expusimos durante algunas de
las Jornadas del Instituto Iberoamericano de referencia en Madrid (España), así
como en un Congreso del Instituto Internacional de Derecho Espacial (IISL), por
sus siglas en ingles.
En
consecuencia, dichos Tratados, Acuerdos y Convenios Internacionales en Materia
Espacial que nos ocupan, en especial el Tratado del 67 y el Acuerdo Lunar del
79; representan el fundamento y las
bases para una regulación jurídica preventiva,respecto al establecimiento
definitivo de los seres humanos fuera de su hábitat originario, como lo es
nuestro planeta Tierra, a cargo de la Comunidad Internacional, que prevea todo
lo relativo a dicho establecimiento desde todos los angulos posibles, incluído el
nuevo status de la Humanidad; la creación de instituciones como las de la
Tierra hasta donde sea posible, etc., pero en otra dimensión.
Sin
embargo, cabe hacer notar, que para el efecto del establecimiento definitivo de
los seres humanos fuera de nuestro Planeta, no hay ni siquiera un proyecto de
programa y regulación jurídica alguna al respecto, hasta hoy día; por lo que sugerimos,que se debe hacer o intentar
cuando menos, un bosquejo jurídico de dicho establecimiento definitivo de seres
humanos fuera de nuestro Planeta; ya que
como hemos dicho en otras ocasiones, no se trata de un nuevoDescubrimiento de Americao
de una nuevaConquista del Oeste en el EspacioUltraatmosférico.
Por
lo tanto, insistimos,que en nuestro concepto para llegar a tal regulación,son indispensables
previamente dos cosas, jurídicamente hablando;reiteramos, el establecimiento de
un Régimen Jurídico, y la creación de un Organismo Internacional, que se ocupe
de regular todas y cada una de las actividades humanas en el espacio exterior y
los cuerpos celestes,en los términos mencionados,partiendo de nuestro Planeta;
o en su caso, de estaciones orbitales, como la MIR rusa en su tiempo; y la
Estación Espacial Civil Internacional actual, que sería la parte científica y
tecnológica;además,reiteramos, de la jurídica también en la forma indicada.
Por
otra parte, consideramos que aún cuando no somos científicos, o precisamente
por no serlo, es necesario hacer algunos cuestionamientos respecto a dicho
establecimiento definitivo; recurriendo a la Lógica yal Sentido común de ser
necesario; lo cual por ignorantes que seamos,
analfabetas inclusive, nos pueden conducir a la verdad, sin muchos problemas;es
decir, sabemos queaún cuando se habla constantemente del establecimiento
definitivo de seres humanos fuera de su hábitat originario;salvo lo que digan
los científicos, en nuestro concepto consideramos que efectivamente tal hazaña es
posible, y que se logrará en su oportunidad; ya que la inquietud por el saber
de los humanos es tan inmensa como el Universo mismo; sin embargo, pensamos que
hay varios problemas a resolver, no para colonizar el espacio ultraterrestre y
los cuerpos celestes, sino apenas para intentarlo.
En
efecto,tales problemas, insistimos, sin ser científicos, pero de conformidad
con la Astronáutica como Ciencia y su tecnología; tenemos que hasta hoy día, no se ha logrado
encontrar agua, diríamos además potable, para la sobrevivencia de los seres
vivos de nuestro Planeta en otro ámbito;
recurso natural indispensable, además de insubstituible e infabricable; cuya falta incluso en nuestro Planeta ya es
un grave problema;a grado tal, que consideramos y coincidimos con la idea generalizada,
de que la Tercera Guerra Mundial, será por el agua.
También
sabemos, que hasta la fecha no se ha vencido la velocidad de la Luz, que es
también indispensable para salir de nuestro Sistema Solar; para lograr llegar a
otro Sistema Planetario, al menos de nuestra Galaxia, o a un exoplaneta; casos
ambos en los cuales se encuentren características iguales o parecidas a las del
Planeta Tierra.
Respecto
a lo anterior, cabe hacer notar, que la velocidad de la Luz dicen los
científicos, es de 300,000 km. por segundo;
supongo que por 60 segundos; por 60 minutos; por 24 horas; y por 365 días del año; por lo que atendiendo a que la velocidad máxima
actual en nuestro Planeta, es de apenas de 3,500 km. por hora;en relación a que
según informan los medios, últimamente se descubrió un Sistema Planetario de
Exoplanetas similares a la Tierra, que está dicen los científicos, a 40 años
Luz;Sistema en el cual, agregan, existen tres al menos, que indican actividad
biológica, con zonas temperadas; por lo
que tal distancia, a la velocidad mencionada que hemos alcanzado,equivale
dicen, a diez millones de años, llamémosles terráqueos;por lo cual en nuestro
concepto por no ser científicos, consideramos imposible que llegar a tales
exoplanetas para comprobar las condiciones de los mismos;respecto a la posible
habitabilidad para los humanos, etc.; está muy lejos de lo que los medios
publicitarios amarillistas, dicen constantemente.
Asimismo,
consideramos también como problema el aspecto climático del Espacio ultraatmosférico
y los cuerpos celestes, al menos de nuestra Galaxia; el cual se debe tomar en cuenta, para el
proyecto del establecimiento definitivo de los seres humanos fuera de nuestro
Planeta; ya que a ese respecto dicen los
científicos, Mercurio y Venus no son
apropiados para dicho establecimiento definitivo; en virtud de que las
temperaturas en esos planetas, son de más de doscientos grados sobre cero; y
por lo que toca a los cuerpos celestes que siguen a nuestro Planeta; esto es, Marte, Jupiter, etc.; las
temperaturas son de doscientos amás de mil grados bajo cero; lo que tal vez permita la existencia de
algunas formas de vida; pero por ningún motivo de habitabilidad, para los seres
vivos de la Tierra, incluídos los humanos.
Además
de lo anterior, atento nuestra ignorancia científica;y el que no se mencione
nada respecto a la desintegración de la Materia en general, y del cuerpo humano
en particular, como efecto de la velocidad;consideramos también el que no se
hayan hecho experimentos respecto a la desintegración del cuerpo humano, a la
velocidad de la Luz, multiplicada no sabemos por cuanto;por lo que consideramos,que
hasta en tanto no se logre salvaguardar la vida y la integridad física de los
seres humanos en ese aspecto, tampoco se puede pensar en un establecimiento
definitivode seres humanos fuera de la Tierra.
Aparte
de la desintegración del cuerpo humano de referencia, el Doctor en Ingeniería
Espacial, VÍCTOR VELASCO HERRERA, del Instituto de Geofísica de la Universidad
Nacional Autonoma de México, (UNAM), nos ilustró respecto a los materiales con
que se fabricanlos objetos espaciales que se lanzan actualmente al Espacio
Exterior y los cuerpos celestes, en el sentido de que en razón de la velocidad
de referencia alcanzada, se deforman; por lo que los materiales con que se
fabriquen tales objetosen el futuro, para el establecimiento definitivo de los
humanos fuera de nuestro Planeta,tienen que ser indeformables; lo cual no se ha
podido lograrhasta hoy día; lo que confirma nuestra idea respecto a que el
establecimiento definitivo que nos ocupa de humanos fuera de la Tierra, no puede
ser realizable todavía, y menos aún a corto plazo, sino posible o seguramente a
muy largo plazo;por lo que sin ser científicos,consideramos quepuede ser dentro
de cien años o más, mínimo.
En
conclusión, como anotamos desde el principio, los humanos en general somos los
peoresy principales depredadores conscientes e inconscientes de los recursos
naturales de nuestro Planeta; a grado tal, de que cada día acabamos con cientos
de bosques;con toda clase de animales;por lo que hay muchas especiesen peligro
de extinción; entre las que nos llama poderosamente la atención, están las
abejas, que dicen los que dicen que saben, que si se extinguen las abejas, se
extingue la Humanidad, en razón de la Polinización, lo cual creemos muy pocos
humanos sabemos.
Además
de lo anterior,y aún cuando no hay relación alguna; también cabe hacer notar,
que antes de que todo lo anterior pueda o no suceder; corremos el riesgo de que algún loco de los
tantos gobernantes que padecemos en el Mundo, normalmente entre las grandes
potencias, que tienen arsenales de armas nucleares legal e ilegalmente, y todo
tipo de armas de destrucción en masa,incluídas las químicas, en un lapsus de estupidez de los que padecen frecuentemente, acaben con la
Humanidad en cualquier momento.
Pero
volviendo con el tema de la colonizaciónhumana del Espacio Ultraterrestre y los
cuerpos celestes, que tanto se publicita últimamente; consideramos que las
noticias sensacionalistas que aparecen en los medios; consistentes en que en el año 2020, 2030,
etc., se establecerá la primera colonia humana en la Luna, nuestro satélite
natural, o en Marte, etc., no pasan de ser eso, noticias sensacionalistas o
amarillistas como también les llaman, sin ningún fundamento científico,
tecnológico, ni jurídico.
A
propósito del verbo Colonizar de conformidad con el Diccionario de la Real
Academia Española, en términos generales; que sin entrar en detalles, solo
citamos como referencia del tema; consiste en la residencia de formas de vida,
entre otras cosas; ocupando un espacio; por lo que la colonización humana del espacio
exterior y los cuerpos celestes; consiste también, en que seres humanos residan
en dichos ámbitos; sin embargo, jurídicamente hablando, según el Derecho
Internacional, estamos hablando de dos figuras jurídicas, como son la Ocupación
y la Conquista; consistente la primera, en la apropiación de un espacio ajeno
desocupado; y la segunda, en la
apropiación a veces mediante la fuerza; de
un espacio ajeno ocupado, por lo que la colonización humana del espacio ultraterrestre
y los cuerpos celestes, se puede referir a la población humana que llegue a
ocupar un espacio, perdonando la redundancia en el espacio ultraatmosférico o
en alguno de los cuerpos celestes, cualquiera que este sea; planetas, exoplanetas, satélites naturales,
etc., con fines de residencia.
En
cuanto a los programas televisivos, pseudo serios; no hablamos a las películas de ciencia
ficción, sobre extraterrestres,en el sentido de que ya viven en nuestro
Planeta, aparte del sensacionalismo de referencia; cabe advertir que se trata
solamente de modus vivendi, publicitados como negocio; exhibiendo fenómenos
humanos, como seres extraterrestres, también sin fundamento científico alguno,ya
que dichos fenómenos tienen toda clase de explicaciones;en cambio a contrario
sensu; tendríamos que aceptar, quetales
formas de vida extraterrestre son más inteligentes que los humanos;empezando
porquede ser ciertasu estancia en nuestro Planeta; significaría que resolvieron
el problema de la velocidad de la Luz;
la no desintegración de la Materia;
el uso de materiales no deformables por la velocidad de la Luz, para la
fabricación de sus objetos espaciales, etc.; y en el colmo de la imaginación,la
especulación o la ciencia ficción solamente, se debe agregar que pueden cambiar
su fisonomía, la que sea, por la humana, entre otras cosas; todo lo cual nos
obligaría a una pregunta, porqué entonces tienen que ocultarse, siendo
superiores a los humanos en todos sentidos?
Por
ultimo, además de todo lo anterior,no olvidemos que es indispensable tomar en
cuenta la existencia efectivamente de otras formas de vida extraterrestre; en virtud de que como hemos afirmado siempre,
no es posible pensar y menos presumir, que los humanos seamos los únicos seres
pensantes en la inmensidad del Universo;
es decir,aparte de las formas de vida que hay en la Tierra, incluída la
raza humana; debe de haber forzosamente formas de vida extraterrestre en otros
ámbitos; las cualespueden ser inferiores a la humana, iguales que la humana o superiores a la
humana; hipótesis que nos indicarían también, cuál puede ser el futuro de la
Humanidad fuera de nuestro Planeta, en relación a esas posibles formas de vida
extraterrestre;es decir, si son inferiores;
suponemos que no habrá problema alguno, como no sea el ver las
posibilidades de aprovecharlas en beneficio de los humanos; si son iguales y
aptas para establecer relaciones con ellas; representarían más o menos, los mismos
problemas normales de las diferentes razas humanas,nacionalidades, costumbres,idiomas,
etc.,que tenemos en nuestro Planeta,las cuales previa regulación de igualdad,
sería la solución para la colonización y convivencia humana con esas formas de
vida,fuera de nuestro Planeta, aproximadamente; sin embargo, si se trata de
formas de vida superiores, sin temor a equivocarnos,podemos decir, que será el
fin de la Humanidad, ya que de una o de otra forma, nos someterán o nos
destruirán.
DR. JOSE LUIS ALVAREZ HERNANDEZ